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Resolución en primera instancia

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Información del expediente
Introducción
Fundamento de la solicitud
Evaluación de la credibilidad
Evaluación del riesgo
Análisis jurídico
Formato
Eficiencia
Indicates required field

Información del expediente

Referencia

Persona solicitante

Datos del expediente

Evaluación

Otros

Introducción

Cada indicador puede y debe evaluarse con la elección de una de las siguientes opciones: Correcto, Error leve, Error importante, No aplicable. Se proporciona orientación sobre las situaciones que se pueden presentar para cada indicador. Estas situaciones no son exhaustivas ni concluyentes.

Introducción

1. La resolución recoge correctamente los datos de la persona solicitante.

1.1. La resolución recoge correctamente el nombre, el país de origen y la zona de procedencia, la fecha de nacimiento y el número de expediente, así como otros datos requeridos por la política nacional.
0

2. Si procede, la resolución incluye un resumen conciso y preciso del historial de inmigración de la persona solicitante.

2.1. La resolución incluye un resumen conciso y preciso de posibles solicitudes anteriores y demás historial de inmigración de la persona solicitante, con arreglo a la política nacional.
0

Fundamento de la solicitud

3. El fundamento de la solicitud describe correctamente todos los hechos sustanciales, el miedo futuro y las pruebas.

3.1. Todos los hechos sustanciales pertinentes para determinar si el tercer país es seguro para la persona solicitante están correctamente identificados y declarados.
0
3.2. El fundamento de la solicitud especifica correctamente quién y qué teme la persona solicitante, y por qué, en el contexto del tercer país.
0
3.3. Las pruebas (documentales o de otro tipo) aportadas por la persona solicitante se describen correctamente conforme a la práctica nacional.
0

Evaluación de la credibilidad

4. Se evalúa correctamente la credibilidad de cada hecho sustancial, incluidos la identidad y el país de origen de la persona solicitante.

4.1. Cada hecho sustancial está correctamente formulado.
0
4.2. Las pruebas (declaraciones de la persona solicitante, pruebas documentales u otras pruebas) están correctamente vinculadas a cada hecho sustancial.
0
4.3. Los indicadores de credibilidad interna se aplican y analizan correctamente, incluidas la evaluación y la explicación de los indicadores.
0
4.4. Los indicadores de credibilidad externa se aplican y analizan correctamente, incluidas la evaluación y las explicaciones de los indicadores.
0
4.5. El concepto de credibilidad se aplica objetivamente.
0
4.6. En la resolución solo se utilizan incoherencias/discrepancias que se han planteado a la persona solicitante para que las aclare.
0
4.7. La IPO es pertinente, está actualizada y se ha referenciado correctamente.
0

5. Se alcanza una conclusión clara sobre cada hecho sustancial.

5.1. Para cada hecho sustancial, la resolución establece claramente si ha sido aceptado o rechazado.
0
5.2. En caso necesario, se aplica correctamente el artículo 4, apartado 5, de la Directiva de reconocimiento.
0

6. Se aplican el criterio de prueba y la carga de la prueba correctos.

6.1. En la evaluación de los hechos sustanciales, se aplica el criterio de prueba correcto, conforme a las directrices nacionales.
0
6.2. En la evaluación de los hechos sustanciales, se aplica correctamente la carga de la prueba.
0
6.3. Las circunstancias y los factores individuales, como la edad, la educación, el género, y el tipo de trauma, se identifican correctamente y se tienen en cuenta al evaluar la capacidad de la persona solicitante para fundamentar su solicitud.
0

Evaluación del riesgo

7. El riesgo tras el retorno se evalúa exhaustivamente y con precisión.

7.1. La resolución identifica y evalúa correctamente el riesgo tras el retorno (quién, qué, por qué y en qué circunstancias) en el contexto del tercer país.
0
7.2. Se aplica el criterio de prueba correcto (grado razonable de probabilidad) al evaluar el riesgo tras el retorno.
0
7.3. La IPO con respecto al tercer país es pertinente, está actualizada y se ha referenciado correctamente.
0
7.4. Las circunstancias particulares de la persona solicitante se tienen en cuenta y se evalúan correctamente en lo que respecta a la seguridad del país y la relación con la persona solicitante.
0

Análisis jurídico

8. La amenaza para la vida y la libertad o el riesgo de daños graves se identifican y evalúan correctamente.

8.1. Se evalúa correctamente la solidez del riesgo identificado.
0
8.2. La resolución identifica y evalúa correctamente todos los motivos aplicables de la amenaza para la vida y la libertad (por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas), si procede.
0
8.3. La resolución evalúa correctamente el riesgo real de daños graves (p. ej., tortura y tratos o penas inhumanos y degradantes), si procede.
0

9. Se respetan el principio de no devolución de conformidad con la Convención de Ginebra y la prohibición de expulsión.

9.1. El respeto del principio de no devolución de conformidad con la Convención de Ginebra se identifica y evalúa correctamente.
0
9.2. La prohibición de expulsión en caso de violación del derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes, establecido en el Derecho internacional, se identifica y evalúa correctamente.
0

10. La existencia de la posibilidad de solicitar el estatuto de refugiado y, si se considera que es un refugiado, de recibir protección de conformidad con la Convención de Ginebra se aplica en el tercer país de que se trate.

10.1. La existencia de la posibilidad de solicitar el estatuto de refugiado se evalúa correctamente.
0
10.2. Si se determina que es un refugiado, se evalúa correctamente la posibilidad de recibir protección de acuerdo con la Convención de Ginebra.
0

11. Se establece una relación entre la persona solicitante y el tercer país de que se trate por la que sería razonable que la persona solicitante fuera a ese país.

11.1. Se identifica y se evalúa correctamente una relación entre la persona solicitante y el tercer país de que se trate por la que sería razonable que la persona solicitante fuera a ese país.
0

12. Si procede, los motivos de protección adicionales se aplican correctamente.

12.1. Si procede, se aplican correctamente los motivos de protección adicionales (p. ej., la protección de las víctimas de la trata de seres humanos con arreglo a la legislación y las políticas nacionales).
0

13. La resolución sigue una estructura correcta e incluye todos los elementos requeridos.

13.1. La resolución sigue una estructura y un formato correctos conforme a las políticas nacionales.
0
13.2. Se facilita a la persona solicitante información sobre la forma de impugnar una resolución por escrito o por medios electrónicos.
0

Formato

14. La resolución sigue una estructura correcta e incluye todos los elementos requeridos.

14.1. La motivación no es especulativa.
0
14.2. El lenguaje de la resolución es adecuado, sensible y objetivo.
0
14.3. Se aplican las normas gramaticales y ortográficas.
0

Eficiencia

15. La resolución se adopta dentro de los plazos estipulados.

15.1. La resolución se adopta en los plazos estipulados conforme a la práctica nacional.
0

Conclusión

A cumplimentar por la persona responsable de evaluar la calidad de acuerdo con las observaciones.

Se presenta una conclusión sobre la calidad general, señalando las buenas prácticas, las deficiencias y las recomendaciones identificadas, cómo podría mejorarse aún más la resolución en primera instancia. 
Sugerencias sobre medidas de seguimiento y recomendaciones (por ejemplo, modificar una resolución o un proyecto de resolución, o incluso revocarlos si es factible dentro del sistema nacional, y participar en sesiones de formación sobre un tema específico).
La calidad general es

Se aplica la escala siguiente.

  • Alta: Menos de un 20 % de errores leves y ningún error importante entre todos los indicadores aplicables.
  • Moderada: Un 20 % o más de errores leves y ningún error importante entre todos los indicadores aplicables.
  • Baja: Uno o varios errores importantes.
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    Total correctos
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    Total de errores leves
  • 0
    Total de errores importantes
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Informe de evaluación individual: Entrevista personal

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Conclusión

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